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La deontología es un pilar fundamental

Germán Ros Lozano, abogado y administrador de fincas colegiado.

 

La deontología es un conjunto de principios y normas éticas que rigen la conducta de los profesionales, siendo esencial para garantizar un ejercicio responsable y ético. En el caso de los Administradores de Fincas Colegiados, la deontología es un pilar fundamental, que se centra en asegurar que se ejerce la profesión con honestidad y rectitud en las relaciones no solo con las comunidades de propietarios y sus administrados, sino también con los compañeros y al Colegio al que se pertenece.

En este contexto, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana, a través del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón, así como del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante, que lo integran, desempeñan una labor importante consistente en la supervisión y promoción de estos valores éticos, para garantizar la transparencia, profesionalidad y confianza en el desempeño de las funciones de los Administradores de Fincas Colegiados.

Desde las comisiones y áreas de disciplinaria y deontológica, tanto del Consejo Autonómico, como de los Colegios, se trabaja arduamente por asegurar el cumplimiento de los estatutos, reglamentos, acuerdos y normas colegiales que rigen el ejercicio de la actividad profesional; y a través de ello se protege no solo la profesión del Administrador del Fincas Colegiado, sino también al Consejo Autonómico y a los Colegios Profesionales.

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana, cuenta con unos Estatutos, integrados por unas normas que constituyen un código moral que todos los Administradores de Fincas Colegiados debemos cumplir.

En primer lugar, se subraya que el Administrador de Fincas Colegiado debe ejercer su actividad no solo con una técnica profesional adecuada, sino también con una actitud humanista, basada en una conducta ética intachable. Debe actuar siempre con buena fe, respeto, responsabilidad y confianza, anteponiendo los intereses legítimos que se encomienden a cualquier otro aspecto. Esto implica equilibrar los conocimientos técnicos con la conciencia moral en el desempeño de su labor.

Asimismo, se debe mantener un conocimiento actualizado sobre las materias y doctrinas necesarias para el correcto ejercicio de la profesión, garantizando que sus acciones técnicas se ajusten a las exigencias de cada supuesto. Además de la competencia técnica, se debe adecuar la actitud profesional a las normas éticas y morales, aplicando soluciones que respeten tanto los intereses individuales, sociales y cualquier otro encomendado.

El Administrador de Fincas Colegiado, debe actuar con probidad y rechazará cualquier tipo de presión o injerencia ajena que pueda influir negativamente en su independencia profesional o beneficiar injustamente a un cliente en detrimento de otro.

En cuanto a la relación con los clientes, esta debe basarse en los principios de confianza y buena fe. El Administrador de Fincas Colegiado tiene la obligación de ejecutar con diligencia las tareas encomendadas, respetando las instrucciones recibidas y la naturaleza de cada caso. Asimismo, debe mantener la confidencialidad sobre cualquier información a la que tenga acceso durante su trabajo, incluso después de haber finalizado su relación profesional con el cliente. También está obligado a rendir cuentas sobre la administración de los bienes que le han sido confiados, practicar liquidaciones y abonar los saldos en los periodos convenidos, debiendo actuar con transparencia en todo momento.

En la administración de comunidades, se debe fomentar una buena convivencia entre los propietarios, priorizando las soluciones amistosas antes de recurrir a otras medidas. Además, en caso de cesar en el cargo, ya sea por renuncia, ya sea por revocación, se debe entregar de manera inmediata toda la documentación que obre en su poder, practicar la liquidación y abonar o percibir los saldos que procedieran, de forma rápida y eficaz.

Entre los Administradores de Fincas Colegiados debe prevalecer el respeto y la cortesía, facilitando la cooperación para el cumplimiento de las obligaciones profesionales. Proporcionando la ayuda mutua y el intercambio de información, siempre que no se comprometa el secreto profesional.

Por último, los Administradores de Fincas Colegiados, tenemos el deber de colaborar y prestar ayuda a nuestro Colegio. Esto incluye el cumplimiento de los acuerdos adoptados, así como la contribución económica a su sostenimiento, entre otros.

En resumen, los estatutos, reglamentos, acuerdos y normas colegiales  definen un conjunto de obligaciones que garantizan que los Administradores de Fincas Colegiados actuemos de manera ética, profesional y responsable en el ejercicio de nuestras funciones, no debiendo olvidar que: “la fortaleza de la profesión no reside solo en las capacidades individuales, sino también en la capacidad de trabajar juntos con respeto y compromiso”.

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